REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL.
Juez Unipersonal. Sala de Juicio N° 12
Caracas, Dos (02) de Marzo del año dos mil ocho (2008)
198º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2008-004626
SOLICITANTE: ROHELY CAROLINA FAJARDO GAGO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-11.663.742.

NIÑO:, de Cinco (05) años de edad.

MOTIVO: AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA TRAMITAR VISA AMERICANA.


Vista la anterior solicitud de Autorización Judicial Para Tramitar Visa Americana, presentada por la ciudadana ROHELY CAROLINA FAJARDO GAGO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-11.663.742, en beneficio de su hijo el niño, de Cinco (05) años de edad, mediante la cual solicita le sea otorgado permiso para tramitar la Visa Americana de su hijo; en tal virtud este Tribunal, acuerda conforme a lo solicitado, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 22 ejusdem. En consecuencia, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana ROHELY CAROLINA FAJARDO GAGO, antes identificada, para que realice todas las diligencias necesarias por ante la Embajada de los Estados Unidos de Norteamérica, ubicada en la siguiente dirección: “Colinas de Valle Arriba, Municipio Baruta”, a los fines de obtener la Visa de su hijo el niño. Expídanse por Secretaría copias certificadas de la presente Sentencia y entréguense a la parte interesada. Por último, se acuerda librar oficio a la Embajada de los Estados Unidos de Norteamérica, comunicándole lo aquí acordado. Así se decide.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada en el Despacho Judicial a cargo de la Juez Unipersonal Nº 12 de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. En Caracas, a los Dos (02) días del mes de Marzo del año dos mil nueve (2009). Años: 198° de la Independencia y 150° de la Federación.
LA JUEZ,

DRA. SARA GUARDIA SOTO. LA SECRETARIA,

ABG. ADRIANA MIRELES