REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL.
Juez Unipersonal. Sala de Juicio N° 12
Caracas, Cuatro (04) de Marzo del año dos mil ocho (2008)
198º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-002887
SOLICITANTE: GLADYS GRATEROL, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-15.589.798.
ADOLESCENTE:, de Doce (12) años de edad.
MOTIVO: AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA TRAMITAR PASAPORTE.
Vista la anterior solicitud de Autorización Judicial Para Tramitar Pasaporte, presentada por la ciudadana GLADYS GRATEROL, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-15.589.798, en beneficio de su hijo el adolescente, de Doce (12) años de edad, mediante la cual solicita le sea otorgado permiso para tramitar el pasaporte de su hijo; en tal virtud este Tribunal, acuerda conforme a lo solicitado, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 22 ejusdem. En consecuencia, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana GLADYS GRATEROL, antes identificada, para que realice todas las diligencias necesarias por ante la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX), a los fines de obtener el Pasaporte de su hijo el adolescente JESÚS ANTONIO GARCIA GRATEROL. Expídanse por Secretaría copias certificadas de la presente Sentencia y entréguense a la parte interesada. Por último, se acuerda librar oficio a la Oficina de Identificación y Extranjería comunicándole lo aquí acordado. Así se decide.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada en el Despacho Judicial a cargo de la Juez Unipersonal Nº 12 de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. En Caracas, a los Cuatro (04) de Marzo del año dos mil nueve (2009). Años: 198° de la Independencia y 150° de la Federación.
LA JUEZ,
DRA. SARA GUARDIA SOTO. LA SECRETARIA,
ABG. ADRIANA MIRELES
SGS//AM//
Motivo: Autorización para Tramitar Pasaporte.
|