REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio Juez Unipersonal XIV
Caracas, 06 de Marzo de 2009
198º y 149º
ASUNTO: AP51-V-2008-021204
Vista la diligencia de fecha 04 de Marzo de 2009, presentada por el Abogado Jesús Aponte inscrito en el Inpreabogado con el Nro. 21.986, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, ciudadana MERCEDES MARLENE DÍAZ DEL NOGAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-11.992.158, mediante la cual desiste de la presente demanda de Divorcio, incoada contra el ciudadano MANUEL OCTAVIO LARA FERREIRA, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nro. V-12.561.111; en consecuencia, esta Sala de Juicio, procede a HOMOLOGAR el presente DESISTIMIENTO en los términos allí expuestos, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil; expídanse por secretaría las copias certificadas; así mismo, se acuerda la devolución de los originales de conformidad con lo establecido en el articulo 112 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese oficio a la Oficina de Atención al Público, a los fines de remitirle lo conducente. Archívese el expediente. Cúmplase.-
LA JUEZ,


ABG. YAQUELINE LANDAETA VILERA

EL SECRETARIO,


ABG. CARLOS ANDRES FONSECA






YLV/CAF/Thairyt H.
AP51-V-2008-021204
Divorcio.