REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, veintitrés de marzo de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO: AP11-F-2009-000098
Vista la anterior solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS y BIENES de mutuo consentimiento y los documentos acompañados presentada por los ciudadanos EDUARDO JOSÉ TORRES MALPICA y IRAMA DEL VALLE MATA ALFONZO, Venezolanos, mayores de edad, cónyuges, y titulares de las cedulas de identidad Nros V-14.559.876 y V-15.821.946, respectivamente, debidamente asistidos por el ciudadano GUSTAVO LUNA MORÁN, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 2.408, désele entrada, anótese en el libro respectivo y tramítese conforme la ley. En consecuencia, examinados como han sido los términos en que fue planteada la solicitud, y cumplidos los extremos de Ley, este tribunal conforme lo dispuestos en los artículos 189 y 190 del Código Civil en concordancia con el parágrafo Primero del artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS y BIENES y le imparte la HOMOLOGACIÓN a la solicitud en los términos expuestos, por no ser contraria al orden público ni a las buenas costumbres. ASI SE DECIDE. Expídase por Secretaría las copias certificadas con inserción en ellas del presente auto y de la solicitud, de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.-
EL JUEZ,
LUIS RODOLFO HERRERA GONZALEZ
LA SECRETARIA
MARIA GABRIELA HERNANDEZ RUZ
LRHG/MGHR/Damaris.