REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, veinte (20) de marzo de dos mil nueve (2009)
198º y 150º

JUEZ: Abg. Zobeida M. Romero Zarzalejo.
EXPEDIENTE Nº: AP31-V-2008-002239
FECHA DE ENTRADA DEL EXPEDIENTE: 19/09/2008
FOLIOS: 71 Cuaderno Principal.
MOTIVO: INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS CONTRACTUALES.
SENTENCIA DEFINITIVA: Homologación de Desistimiento.
PARTE ACTORA: ASOCIACIÓN COOPERATIVA “SPAZZIO SERVICIOS R.L.”
PARTE DEMANDADA: PROSEGUROS, S.A,.
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Vista la diligencia que antecede, presentada por la abogada YELITZA DELGADO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 121.976, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, mediante la cual manifiesta desistir del procedimiento; al respecto el Tribunal observa:
Dicho desistimiento fue realizado antes de la contestación de la demanda, por lo que no es necesario el consentimiento de la parte demandada, está debidamente facultada dicha apoderada, para desistir del procedimiento, según consta del poder otorgado en fecha 15-05-2008, ante la Notaría Pública Primera del Municipio Libertador, bajo el Nº 04, Tomo 87, y el presente juicio se trata de materia en las cuales no están prohibidas las transacciones. En consecuencia, este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara consumado el acto de desistimiento presentado ante la Secretaría de este Despacho en fecha 18 de marzo de 2009, teniéndose el mismo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, a tenor de lo establecido en los artículos 263 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho de este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, a los 20 días del mes de marzo de dos mil nueve (2009). Años 198° y 150°
LA JUEZA TITULAR,


Abg. ZOBEIDA M. ROMERO ZARZALEJO.
LA SECRETARIA


ABG. VIOLETA RICO
En la misma fecha, siendo las 11:00 de la mañana, se publicó y registró la anterior decisión.
LA SECRETARIA


ABG. VIOLETA RICO

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