REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Trigésimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, (12) de marzo de dos mil nueve (2009)
198º y 150º
ASUNTO: AP21-S-2007-001369
Vista la Transacción presentada por ante este Juzgado en fecha:03 de abril de 2007, y suscrita por el ciudadano LORENZO QUINTANA, portador de la cédula de identidad NV-2.507.213, parte oferida debidamente asistido por el abogado JESUS LEOPOLDO identificado con el IPSA Nº 97802, por una parte, y por la otra parte el ciudadano RAMON CHACIN identificado con el IPSA N° 112..366, quien es abogado, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte oferente TASCA RESTAUTANT EL SOLAR DEL TUY, C. A., según consta de poder que cursa en autos, en el mencionado escrito celebran una transacción, en la cual describen una relación circunstanciada, como medio probatorio anexan al presente acuerdo marcado con la letra “A”, copia del cheque, se identifica como Cheque a nombre del trabajador, asi como la manifestación de voluntad que cursa en el folio (22) y copia de cheque que cursa en el folio (23).
En tal sentido, quien suscribe, vista la presente transacción, suscrita por las partes anteriormente identificados actuando en su carácter de parte oferida y en su carácter de parte oferente, mediante la cual la parte oferente entrega cheque a la parte oferida, en los términos descritos en el escrito y luego de examinar el contenido de la presente Transacción celebrada, constatado que no se vulneran normas de orden público ni derechos irrenunciables de los trabajadores, procede de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo a impartir su HOMOLOGACION, SOLO EN LO QUE RESPECTA A LOS TERMINOS EXPUESTOS, EN EL ESCRITO, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, a tal efecto, se ordenara el cierre y archivo del expediente, así como su cierre informático. Cúmplase con lo ordenado.
El JUEZ,
CARLOS ACHIQUEZ MEZA
LA SECRETARIA
Abg. JERALDINE GUIDIÑO
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