REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
SALA N° 5

Caracas, 07 de Mayo de 2009
199º y 150º


Decisión: (141-09)
Ponente: DRA. CARMEN MIREYA TELLECHEA
Causa: S5-09-2460

Corresponde a esta Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, decidir conforme al artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal con relación a la Admisibilidad o No del Recurso de Apelación, presentado por la Dra. DIGNA MARÍA ALVARADO, Fiscal Auxiliar Quincuagésima del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, así como el Recurso interpuesto por el ciudadano MANUEL RODRIGUEZ CARRILLO, en su condición de víctima en la presente causa debidamente asistido por el Profesional del Derecho VIRGILIO ACOSTA, en el cual apelan de la decisión proferida por el Juzgado Vigésimo Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, publicada en fecha 25/03/09, en la que decretó el Sobreseimiento del Presente Proceso Penal, seguido en contra de los ciudadanos JOSE GATO, MANUEL SANTALLO GATO y OCTAVIO CABRERA AMARAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 318, numeral 2° en concordancia con la excepción contenida en el literal C, numeral 4 del artículo 28 todos del Código Orgánico Procesal Penal. Recurso interpuesto de conformidad con lo establecido en el artículo 452 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal.

Para decidir, esta Sala observa:

PRIMERO: El artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal vigente, dispone lo siguiente:

...Causales de Inadmisibilidad. La Corte de Apelaciones sólo podrá declarar inadmisible el recurso por las siguientes causas:

a. Cuando la parte que lo interponga carezca de legitimación para hacerlo;

b. Cuando el recurso se interponga extemporáneamente;

c. Cuando la decisión que se recurre sea inimpugnable o irrecurrible por expresa disposición de este Código o de la Ley.

Fuera de las anteriores causas, la Corte de Apelaciones, deberá entrar a conocer el fondo del recurso planteado y dictará la decisión que corresponda.

PRIMERO: Literal a. Que la Dra. DIGNA MARÍA ALVARADO, Fiscal Auxiliar Quincuagésima del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, así como el ciudadano MANUEL RODRIGUEZ CARRILLO, en su condición de víctima en la presente causa debidamente asistido por el Profesional del Derecho VIRGILIO ACOSTA, poseen la legitimidad requerida para impugnar la decisión dictada por el Juez A-quo.

SEGUNDO: Literal b. Asimismo, que el presente recurso fue interpuesto dentro del lapso legal correspondiente.

TERCERO: Literal c. Que la decisión contra la cual se ejerce el recurso en cuestión, no es de aquellas decisiones irrecurribles o inimpugnables por disposición expresa de la Ley.

Así las cosas, cumplidos como han sido los requisitos para la admisión del recurso, resulta procedente y ajustado a derecho ADMITIR el Recurso de Apelación interpuesto por la Dra. DIGNA MARÍA ALVARADO, Fiscal Auxiliar Quincuagésima del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, así como el Recurso interpuesto por el ciudadano MANUEL RODRIGUEZ CARRILLO, en su condición de víctima en la presente causa debidamente asistido por el Profesional del Derecho VIRGILIO ACOSTA, en el cual apelan de la Decisión proferida por el Juzgado Vigésimo Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, publicada en fecha 25/03/09, en la que decretó el Sobreseimiento del Presente Proceso Penal, seguido en contra de los ciudadanos JOSE GATO, MANUEL SANTALLO GATO y OCTAVIO CABRERA AMARAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 318, numeral 2° en concordancia con la excepción contenida en el literal C, numeral 4 del artículo 28 todos del Código Orgánico Procesal Penal. Recurso interpuesto de conformidad con lo establecido en el artículo 452 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se fija la Audiencia a la que se contrae el artículo 455 de la norma adjetiva penal para el 20 de mayo de 2009, a las 11:00 horas de la mañana, a los fines de resolver sobre la procedencia de la cuestión planteada y dictará la decisión a que hubiere lugar dentro del lapso legal correspondiente. Y ASI SE DECIDE.





DISPOSITIVO

Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en estricto cumplimiento al mandato Constitucional contenido en el artículo 26, a tenor de lo dispuesto en los artículos 432, 451, 455, todos del Código Orgánico Procesal Penal vigente, ADMITE, el Recurso de Apelación interpuesto por la Dra. DIGNA MARÍA ALVARADO, Fiscal Auxiliar Quincuagésima del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, así como el Recurso interpuesto por el ciudadano MANUEL RODRIGUEZ CARRILLO, en su condición de víctima en la presente causa debidamente asistido por el Profesional del Derecho VIRGILIO ACOSTA, en el cual apelan de la Decisión proferida por el Juzgado Vigésimo Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, publicada en fecha 25/03/09, en la que decretó el Sobreseimiento del Presente Proceso Penal, seguido en contra de los ciudadanos JOSE GATO, MANUEL SANTALLO GATO y OCTAVIO CABRERA AMARAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 318, numeral 2° en concordancia con la excepción contenida en el literal C, numeral 4 del artículo 28 todos del Código Orgánico Procesal Penal. Recurso interpuesto de conformidad con lo establecido en el artículo 452 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se fija la Audiencia a la que se contrae el artículo 455 de la norma adjetiva penal para el 20 de mayo de 2009, a las 11:00 horas de la mañana, a los fines de resolver sobre la procedencia de la cuestión planteada y dictará la decisión a que hubiere lugar dentro del lapso legal correspondiente.

Publíquese, Regístrese, diarícese y notifíquese a las partes.
EL JUEZ PRESIDENTE,


DR. JESÚS ORANGEL GARCÍA

LA JUEZ,


DRA. CLOTILDE CONDADO RODRÍGUEZ

LA JUEZ PONENTE,


DRA. CARMEN MIREYA TELLECHEA


LA SECRETARIA,


ABG. ROSA MATTEY

En esta fecha se cumple lo ordenado en la presente decisión.

LA SECRETARIA


ABG. ROSA MATTEY

Exp. N° S5-09-2460
JOG/CCR/CMT/RM/yusmary.-










































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Caracas, 07 de Mayo de 2009
199º y 150º

BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER

Al (a) ciudadano (a): Dr. TOMAS A. RODRIGUEZ VILLALBA, Abogado en ejercicio y de este domicilio e inscrito en el inpreabogado bajo el N° 66.148, actuando en su carácter de Defensor de los ciudadanos OCTAVIO CABRERA AMARAL, JOSE GATO GOMEZ y MANUEL SANTALLA GATO, que esta Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, publicó decisión en esta misma fecha cuyo contenido es del tenor siguiente:”… Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en estricto cumplimiento al mandato Constitucional contenido en el artículo 26, a tenor de lo dispuesto en los artículos 432, 451, 455, todos del Código Orgánico Procesal Penal vigente, ADMITE, el Recurso de Apelación interpuesto por la Dra. DIGNA MARÍA ALVARADO, Fiscal Auxiliar Quincuagésima del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, así como el Recurso interpuesto por el ciudadano MANUEL RODRIGUEZ CARRILLO, en su condición de víctima en la presente causa debidamente asistido por el Profesional del Derecho VIRGILIO ACOSTA, en el cual apelan de la Decisión proferida por el Juzgado Vigésimo Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, publicada en fecha 25/03/09, en la que decretó el Sobreseimiento del Presente Proceso Penal, seguido en contra de los ciudadanos JOSE GATO, MANUEL SANTALLO GATO y OCTAVIO CABRERA AMARAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 318, numeral 2° en concordancia con la excepción contenida en el literal C, numeral 4 del artículo 28 todos del Código Orgánico Procesal Penal. Recurso interpuesto de conformidad con lo establecido en el artículo 452 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se fija la Audiencia a la que se contrae el artículo 455 de la norma adjetiva penal para el 20 de mayo de 2009, a las 11:00 horas de la mañana, a los fines de resolver sobre la procedencia de la cuestión planteada y dictará la decisión a que hubiere lugar dentro del lapso legal correspondiente…”

Notificación que realizo a usted, a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente notificación en señal de haberla recibido.

EL JUEZ PRESIDENTE,


DR. JESÚS ORANGEL GARCÍA
JOG/yusmary.
Causa. S5-09-2460
Notificado:

Fecha ________________Firma______________Hora____________
DOMICILIO: AVENIDA ARICHUNA, EDIFICIO CAMURI, PISO 2, N° 21 URBANIZACIPON EL MARQUEZ CARACAS.
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SALA N° 5

Caracas, 07 de Mayo de 2009
199º y 150º

BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER

Al (a) ciudadano (a): Dr. VIRGILIO ACOSTA, Abogado en ejercicio y de este domicilio e inscrito en el inpreabogado bajo el N° 5.326, actuando en su carácter de Abogado asistente del ciudadano MANUEL RODRIGUEZ CARRILLO, en su condición de victima, que esta Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, publicó decisión en esta misma fecha cuyo contenido es del tenor siguiente:”… Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en estricto cumplimiento al mandato Constitucional contenido en el artículo 26, a tenor de lo dispuesto en los artículos 432, 451, 455, todos del Código Orgánico Procesal Penal vigente, ADMITE, el Recurso de Apelación interpuesto por la Dra. DIGNA MARÍA ALVARADO, Fiscal Auxiliar Quincuagésima del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, así como el Recurso interpuesto por el ciudadano MANUEL RODRIGUEZ CARRILLO, en su condición de víctima en la presente causa debidamente asistido por el Profesional del Derecho VIRGILIO ACOSTA, en el cual apelan de la Decisión proferida por el Juzgado Vigésimo Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, publicada en fecha 25/03/09, en la que decretó el Sobreseimiento del Presente Proceso Penal, seguido en contra de los ciudadanos JOSE GATO, MANUEL SANTALLO GATO y OCTAVIO CABRERA AMARAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 318, numeral 2° en concordancia con la excepción contenida en el literal C, numeral 4 del artículo 28 todos del Código Orgánico Procesal Penal. Recurso interpuesto de conformidad con lo establecido en el artículo 452 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se fija la Audiencia a la que se contrae el artículo 455 de la norma adjetiva penal para el 20 de mayo de 2009, a las 11:00 horas de la mañana, a los fines de resolver sobre la procedencia de la cuestión planteada y dictará la decisión a que hubiere lugar dentro del lapso legal correspondiente…”

Notificación que realizo a usted, a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente notificación en señal de haberla recibido.

EL JUEZ PRESIDENTE,


DR. JESÚS ORANGEL GARCÍA
JOG/yusmary.
Causa. S5-09-2460
Notificado:

Fecha ________________Firma______________Hora____________

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SALA N° 5

Caracas, 07 de Mayo de 2009
199º y 150º

BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER

Al (a) ciudadano (a): Dra. DIGNA MARIA ALVARADO, Fiscal Auxiliar Quincuagésima (50°) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, que esta Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, publicó decisión en esta misma fecha cuyo contenido es del tenor siguiente:”… Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en estricto cumplimiento al mandato Constitucional contenido en el artículo 26, a tenor de lo dispuesto en los artículos 432, 451, 455, todos del Código Orgánico Procesal Penal vigente, ADMITE, el Recurso de Apelación interpuesto por la Dra. DIGNA MARÍA ALVARADO, Fiscal Auxiliar Quincuagésima del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, así como el Recurso interpuesto por el ciudadano MANUEL RODRIGUEZ CARRILLO, en su condición de víctima en la presente causa debidamente asistido por el Profesional del Derecho VIRGILIO ACOSTA, en el cual apelan de la Decisión proferida por el Juzgado Vigésimo Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, publicada en fecha 25/03/09, en la que decretó el Sobreseimiento del Presente Proceso Penal, seguido en contra de los ciudadanos JOSE GATO, MANUEL SANTALLO GATO y OCTAVIO CABRERA AMARAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 318, numeral 2° en concordancia con la excepción contenida en el literal C, numeral 4 del artículo 28 todos del Código Orgánico Procesal Penal. Recurso interpuesto de conformidad con lo establecido en el artículo 452 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se fija la Audiencia a la que se contrae el artículo 455 de la norma adjetiva penal para el 20 de mayo de 2009, a las 11:00 horas de la mañana, a los fines de resolver sobre la procedencia de la cuestión planteada y dictará la decisión a que hubiere lugar dentro del lapso legal correspondiente…”

Notificación que realizo a usted, a los fines legales consiguientes.

Firmará al pie de la presente notificación en señal de haberla recibido.

EL JUEZ PRESIDENTE,


DR. JESÚS ORANGEL GARCÍA


JOG/yusmary.
Causa. S5-09-2460
Notificado:

Fecha ________________Firma______________Hora____________
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PODER JUDICIAL
CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
SALA N° 5

Caracas, 22 de Abril de 2009
199º y 150º

BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER

Al (a) ciudadano (a): MANUEL SANTALLO GATO, en su carácter de Imputado en la presente causa, que esta Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, publicó decisión en esta misma fecha cuyo contenido es del tenor siguiente:”… Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en estricto cumplimiento al mandato Constitucional contenido en el artículo 26, a tenor de lo dispuesto en los artículos 432, 451, 455, todos del Código Orgánico Procesal Penal vigente, ADMITE, el Recurso de Apelación interpuesto por la Dra. DIGNA MARÍA ALVARADO, Fiscal Auxiliar Quincuagésima del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, así como el Recurso interpuesto por el ciudadano MANUEL RODRIGUEZ CARRILLO, en su condición de víctima en la presente causa debidamente asistido por el Profesional del Derecho VIRGILIO ACOSTA, en el cual apelan de la Decisión proferida por el Juzgado Vigésimo Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, publicada en fecha 25/03/09, en la que decretó el Sobreseimiento del Presente Proceso Penal, seguido en contra de los ciudadanos JOSE GATO, MANUEL SANTALLO GATO y OCTAVIO CABRERA AMARAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 318, numeral 2° en concordancia con la excepción contenida en el literal C, numeral 4 del artículo 28 todos del Código Orgánico Procesal Penal. Recurso interpuesto de conformidad con lo establecido en el artículo 452 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se fija la Audiencia a la que se contrae el artículo 455 de la norma adjetiva penal para el 20 de mayo de 2009, a las 11:00 horas de la mañana, a los fines de resolver sobre la procedencia de la cuestión planteada y dictará la decisión a que hubiere lugar dentro del lapso legal correspondiente…”

Notificación que realizo a usted, a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente notificación en señal de haberla recibido.

EL JUEZ PRESIDENTE,


DR. JESÚS ORANGEL GARCÍA
JOG/yusmary.
Causa. S5-09-2460
Notificado:

Fecha ________________Firma______________Hora____________
DOMICILIO: CALLE LA IGLESIA, ENTRE Av. FRANCISCO SOLANO LOPEZ Y CALLE LAS FLORES, EDIFICIO VILLORIA, PISO 1, N° 9, SABANA GRANDE.




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199º y 150º

BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER

Al (a) ciudadano (a): JOSE GATO GOMEZ, en su carácter de Imputado en la presente causa, que esta Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, publicó decisión en esta misma fecha cuyo contenido es del tenor siguiente:”… Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en estricto cumplimiento al mandato Constitucional contenido en el artículo 26, a tenor de lo dispuesto en los artículos 432, 451, 455, todos del Código Orgánico Procesal Penal vigente, ADMITE, el Recurso de Apelación interpuesto por la Dra. DIGNA MARÍA ALVARADO, Fiscal Auxiliar Quincuagésima del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, así como el Recurso interpuesto por el ciudadano MANUEL RODRIGUEZ CARRILLO, en su condición de víctima en la presente causa debidamente asistido por el Profesional del Derecho VIRGILIO ACOSTA, en el cual apelan de la Decisión proferida por el Juzgado Vigésimo Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, publicada en fecha 25/03/09, en la que decretó el Sobreseimiento del Presente Proceso Penal, seguido en contra de los ciudadanos JOSE GATO, MANUEL SANTALLO GATO y OCTAVIO CABRERA AMARAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 318, numeral 2° en concordancia con la excepción contenida en el literal C, numeral 4 del artículo 28 todos del Código Orgánico Procesal Penal. Recurso interpuesto de conformidad con lo establecido en el artículo 452 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se fija la Audiencia a la que se contrae el artículo 455 de la norma adjetiva penal para el 20 de mayo de 2009, a las 11:00 horas de la mañana, a los fines de resolver sobre la procedencia de la cuestión planteada y dictará la decisión a que hubiere lugar dentro del lapso legal correspondiente…”

Notificación que realizo a usted, a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente notificación en señal de haberla recibido.

EL JUEZ PRESIDENTE,


DR. JESÚS ORANGEL GARCÍA
JOG/yusmary.
Causa. S5-09-2460
Notificado:

Fecha ________________Firma______________Hora____________
DOMICILIO: CALLE LA IGLESIA, ENTRE Av. FRANCISCO SOLANO LOPEZ Y CALLE LAS FLORES, EDIFICIO VILLORIA, PISO 1, N° 9, SABANA GRANDE.




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CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
SALA N° 5

Caracas, 22 de Abril de 2009
199º y 150º

BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER

Al (a) ciudadano (a): OCTAVIO CABRERA AMARAL, en su carácter de Imputado en la presente causa, que esta Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, publicó decisión en esta misma fecha cuyo contenido es del tenor siguiente:”… Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en estricto cumplimiento al mandato Constitucional contenido en el artículo 26, a tenor de lo dispuesto en los artículos 432, 451, 455, todos del Código Orgánico Procesal Penal vigente, ADMITE, el Recurso de Apelación interpuesto por la Dra. DIGNA MARÍA ALVARADO, Fiscal Auxiliar Quincuagésima del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, así como el Recurso interpuesto por el ciudadano MANUEL RODRIGUEZ CARRILLO, en su condición de víctima en la presente causa debidamente asistido por el Profesional del Derecho VIRGILIO ACOSTA, en el cual apelan de la Decisión proferida por el Juzgado Vigésimo Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, publicada en fecha 25/03/09, en la que decretó el Sobreseimiento del Presente Proceso Penal, seguido en contra de los ciudadanos JOSE GATO, MANUEL SANTALLO GATO y OCTAVIO CABRERA AMARAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 318, numeral 2° en concordancia con la excepción contenida en el literal C, numeral 4 del artículo 28 todos del Código Orgánico Procesal Penal. Recurso interpuesto de conformidad con lo establecido en el artículo 452 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se fija la Audiencia a la que se contrae el artículo 455 de la norma adjetiva penal para el 20 de mayo de 2009, a las 11:00 horas de la mañana, a los fines de resolver sobre la procedencia de la cuestión planteada y dictará la decisión a que hubiere lugar dentro del lapso legal correspondiente…”

Notificación que realizo a usted, a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente notificación en señal de haberla recibido.

EL JUEZ PRESIDENTE,


DR. JESÚS ORANGEL GARCÍA
JOG/yusmary.
Causa. S5-09-2460
Notificado:

Fecha ________________Firma______________Hora____________
DOMICILIO: CALLE LA IGLESIA, ENTRE Av. FRANCISCO SOLANO LOPEZ Y CALLE LAS FLORES, EDIFICIO VILLORIA, PISO 1, N° 9, SABANA GRANDE.




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SALA N° 5

Caracas, 07 de Mayo de 2009
199º y 150º

BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER

Al (a) ciudadano (a): MANUEL RODRÍGUEZ CARRILLO, en su carácter de VICTIMA en la presente causa, que esta Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, publicó decisión en esta misma fecha cuyo contenido es del tenor siguiente:”… Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en estricto cumplimiento al mandato Constitucional contenido en el artículo 26, a tenor de lo dispuesto en los artículos 432, 451, 455, todos del Código Orgánico Procesal Penal vigente, ADMITE, el Recurso de Apelación interpuesto por la Dra. DIGNA MARÍA ALVARADO, Fiscal Auxiliar Quincuagésima del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, así como el Recurso interpuesto por el ciudadano MANUEL RODRIGUEZ CARRILLO, en su condición de víctima en la presente causa debidamente asistido por el Profesional del Derecho VIRGILIO ACOSTA, en el cual apelan de la Decisión proferida por el Juzgado Vigésimo Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, publicada en fecha 25/03/09, en la que decretó el Sobreseimiento del Presente Proceso Penal, seguido en contra de los ciudadanos JOSE GATO, MANUEL SANTALLO GATO y OCTAVIO CABRERA AMARAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 318, numeral 2° en concordancia con la excepción contenida en el literal C, numeral 4 del artículo 28 todos del Código Orgánico Procesal Penal. Recurso interpuesto de conformidad con lo establecido en el artículo 452 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se fija la Audiencia a la que se contrae el artículo 455 de la norma adjetiva penal para el 20 de mayo de 2009, a las 11:00 horas de la mañana, a los fines de resolver sobre la procedencia de la cuestión planteada y dictará la decisión a que hubiere lugar dentro del lapso legal correspondiente…”

Notificación que realizo a usted, a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente notificación en señal de haberla recibido.

EL JUEZ PRESIDENTE,


DR. JESÚS ORANGEL GARCÍA
JOG/yusmary.
Causa. S5-09-2460
Notificado:

Fecha ________________Firma______________Hora____________
DOMICILIO: COLINAS DE LA CALIFORNIA, AVENIDA PALOMARITO, QUINTA LAS RODRIGUEZ. TELEFONO 257.64.74