REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA
DE CARACAS
SECCIÓN DE ADOLESCENTES
CORTE SUPERIOR
Caracas, 25 de mayo de 2009
198º y 150º
RESOLUCIÓN Nº 978
CAUSA Nº 1Oa 628-09
JUEZ PONENTE: MARÍA ESPERANZA MORENO ZAPATA
ASUNTO: Inhibición planteada por la Jueza Presidenta de la Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, ciudadana AURA CELINA ARRIETA, fundamentada en el numeral 7°, del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en el artículo 87 ejusdem, respecto de la causa identificada bajo el Nº 1Oa 628-09, seguida al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA).
VISTOS: De conformidad con lo establecido en el artículo 47 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en concordancia con lo previsto en el artículo 95 del Código Orgánico Procesal Penal, corresponde resolver la presente inhibición a la Jueza ciudadana MARÍA ESPERANZA MORENO ZAPATA, quien a los fines de decidir observa:
La Jueza inhibida fundamenta su escrito en los siguientes términos:
…Yo, AURA CELINA ARRIETA, en mi condición de Jueza integrante y presidente de esta Corte Superior, presento formal inhibición respecto de la causa signada bajo el Nro 1Oa 628-09, seguida al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), de conformidad con lo establecido en el numeral 7 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 87 ejusdem, lo cual paso a explanar en los siguientes términos:
En fecha 21/05/2009, el ciudadano NÉSTOR PEREYRA, Defensor Público 14 de Adolescentes, presento ante esta Corte Superior, acción de amparo constitucional, en contra de la decisión dictada en fecha 26/02/2008, por el Juzgado Tercero de Control de esta misma Sección, señalando como agraviante a mi persona, toda vez que para la mencionada fecha, me encontraba desempeñando funciones de juez ante el citado Tribunal.
En consecuencia, visto que me encuentro incursa en la causal contenida en el numeral 7 del artículo 86 en relación con el artículo 87, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, lo procedente en derecho es apartarme del conocimiento de la causa seguida al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA). Es todo…
Del contenido del acta de inhibición se observa que, la ciudadana Aura Celina Arrieta, quien se desempeña actualmente como Jueza Presidente de esta Corte Superior, durante su desempeño como Jueza de Primera Instancia en función de Control Nº 3, de esta misma Sección y Circuito Judicial Penal, dictó auto mediante el cual libro orden de localización y traslado al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), decisión que de acuerdo con la acción de amparo constitucional incoada por el ciudadano Néstor Pereyra, Defensor Público 14 de Adolescente, constituye amenaza de violación al derecho a la libertad de su representado, siendo dicha juez, señalada directamente como agraviante.
En virtud de lo expuesto, estima la Corte, que las razones aducidas por la Jueza inhibida, son suficientes para aceptar su separación del proceso, declarándose con lugar su inhibición, de conformidad con lo establecido en el ordinal 7° del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 87 ejusdem. Así se declara.
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara con lugar la inhibición planteada por la ciudadana AURA CELINA ARRIETA, Jueza presidente de esta Corte Superior, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 ordinal 7°, en concordancia con el artículo 87, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. A tales efectos, se ordena la convocatoria del juez accidental correspondiente. Líbrese convocatoria.
Regístrese y publíquese. Notifíquese a las partes y remítase la presente causa al Juzgado a quo.
LA JUEZ PONENTE
MARÍA ESPERANZA MORENO ZAPATA
La Secretaria,
DESSIREÉ SCHAPER
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
La Secretaria,
DESSIREÉ SCHAPER
EXP: Nº 1Oa 628-09
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