REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto (4°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, Veintiséis (26) de Mayo de Dos Mil Nueve (2009)
199º y 150º
ASUNTO: AP21-L-2009-002363
PARTE ACTORA: HECTOR SILVESTRE CAMEJO BANDE
APODERADO DE LA PARTE ACTORA:
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES YADO RESTAURANT MAREA SUCHI BAR
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: VANESSA LEONOR FUGUET.
MOTIVO: SOLICITUD DE CALIFICACION DE DESPIDO

Visto escrito de Transacción de fecha 22de Mayo de 2009, presentado por los ciudadanos HECTOR CAMEJO, C.I. N° V.- 13.910.343, en su condición de parte actora, debidamente ASISTIDO, por el ciudadano EDGAR SARCOS, abogado, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 107.582 y por VANESSA FUGET, abogada, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 107.647, en su condición de apoderada judicial de la parte Demandada INVERSIONES YADO, C.A en la Solicitud que por Calificación de Despido, interpuso la parte actora; este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de sustanciación, le imparte la HOMOLOGACION DANDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA a dicha transacción, cuyo monto fue por Bs. 7.286,16; de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y no menos importante el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Finalmente, en vista que consta en autos el pago total del monto de la transacción celebrada, se ordenara dar por terminado el presente proceso, y su consecuente remisión al archivo judicial; Asimismo y de conformidad con el articulo 21 numeral 3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se acuerdan de oficio dos (02) juegos de copias certificadas a los fines de ser entregadas a las parte (actor y demandada . Así se establece.-
La Jueza La Secretaria

Abg. Vilma Leal Abg. Sara Delgado