ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-001273
PARTE ACTORA: GELSI BETANIA ORTUÑO PARRA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JUAN NETO
PARTE DEMANDADA: PRESCOLAR ASISTENCIAL ANA TERESA PARRA
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: JORGE EDUARRDO JIMENEZ
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 26 de mayo de 2009, siendo las 2:00 p.m., día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar; comparecen a la misma la ciudadana GELSI ORTUÑO, titular de la cédula de identidad Nro.- 11.195.810, parte actora en el presente procedimiento, debidamente representada por la abogada JOSETTE GÓMEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 117.564, y el abogado JOSÉ JIMENEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 39.127, en su carácter de apoderado judicial de las empresa demandada, dándose inicio a la Audiencia. Las partes comparecientes han llegado a un acuerdo en los términos siguientes: En este estado toma la palabra la apoderado judicial de la parte demandada y expone: A los fines de dar por terminado el presente procedimiento, en nombre de mi representada ofrezco en este acto a la parte actora la cantidad de DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES BOLÍVARES CON CINCUENTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 2.473,52), mediante cheque Nro.- 44951490, girado contra el Banco Banesco, de fecha 26 de mayo de 2009, a nombre de la ciudadana GELSI BETANIA ORTUÑO DÍAZ; cantidad esta que comprende todos y cada uno de los conceptos demandados en el libelo, es todo. En este estado toma la palabra la parte actora, debidamente representada y expone: Acepto la cantidad ofrecida en este acto por el apoderado judicial de la parte demandada, y declaro recibir el cheque antes mencionado, manifestando que nada queda a deber la parte demandada por ningún concepto derivado de la relación de trabajo que nos unió, es todo. Este Juzgado vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada . Se deja constancia que se le hace entrega a las partes de las pruebas promovidas al inicio de la Audiencia.

La Juez

NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ

La Secretaria

DIRAIMA VIRGUEZ

PARTE ACTORA Y SU APODERADA JUDICIAL

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA