ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-000842
PARTE ACTORA: VICTOR MANUEL RAMIREZ CONTRERAS
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: PRIMO VEGA
PARTE DEMANDADA: RESTAURANT ROMA MIA
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: ANTONIO NARANJO
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO

En el día de hoy, ocho (08) de mayo de 2009, siendo las 11: 30 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los abogados PRIMO VEGA y ANTONIO NARANJO, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros.- 85.096 y 70.904, en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora y demandada, respectivamente; dándose inicio a la Audiencia. En este estado toma la palabra el apoderado judicial de la parte actora y expone: En nombre de mí representado desisto en el presente acto del procedimiento incoado contra la empresa RESTAURANT ROMA MIA, en virtud de que mi representado recibió el pago de sus prestaciones sociales; en tal sentido solicito a este Juzgado se ordene el cierre y archivo del expediente, es todo. En este estado toma la palabra el apoderado judicial de la empresa demandada, y expone: En nombre de mí representada acepto el desistimiento presentado por la parte actora en este acto, esto. Este Juzgado vista las exposiciones que anteceden declara desistido el presente procedimiento y terminado el presente proceso; en consecuencia ordena el cierre y archivo del presente expediente. Se deja constancia que se le hace entrega a las partes de las pruebas promovidas al inicio de la Audiencia preliminar.
La Juez

La Secretaria
Nereida Hernández González

Diraima Virguez

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA