REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, dieciocho (18) de Mayo de dos mil nueve (2009)
199º y 150º
ASUNTO : AP21-L-2009-001023
Vista la transacción celebrada en esta misma fecha, entre la ciudadana EDIBERTA RANGEL, titular de la cédula de identidad Nº 23.451.041, en su carácter de parte demandante, debidamente asistida por el abogado HENRY BORGES, inscrito en el IPSA bajo el Nº 63.323 y la abogada MARIA BEGOÑA, inscrita en el IPSA bajo el Nº 105.131, en su carácter de apoderada judicial de las codemandadas SAMIR BAZZI DOMINGUEZ y KARLA PADRON, con la finalidad de poner término al procedimiento de prestaciones sociales, las partes han transado en la cantidad de SEIS MIL BOLIVARES FUERTES (Bsf. 6.000,00), este Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, observa que la misma cumple con los requisitos establecidos en el artículo 03 de la Ley Orgánica del Trabajo y 9 y 10 de su Reglamento en consecuencia, HOMOLOGA DICHA TRANSACCIÓN, en todos y cada uno de los términos en que fue expuesta. Asimismo ordena dar por terminado el presente procedimiento y el archivo del expediente. Se acuerdan las copias certificadas solicitadas en el referido escrito de transacción.
La Juez


Abg. Milagros Jiménez La Secretaria

Abg. Dayana Díaz