REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
Caracas, 21 de mayo 2009.
Juez Unipersonal Nº VI
198º y 149º
Asunto: AP51-S-2009-007667
Motivo: Declaración de Únicos Universales Herederos
Solicitante: JOSE MIGUEL GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, y titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.908.507, debidamente asistida por la abogada BLASINA VASQUEZ, Defensora Pública Décima Cuarta de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas
Niños: “…cuya identidad se omite por disposición del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente…”.
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Vistas y analizadas las actas que conforman el presente asunto y vista de igual forma las testimoniales de los ciudadanos MARIA MARTINA MORENO MORENO y PEDRO AGABIO MORENO GALVIZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.770.885 y V-9.126.847, respectivamente; este JUEZ UNIPERSONAL VI DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL; en virtud de que se encuentran llenos los requisitos de ley, conforme a lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA JUSTIFICATIVO DE UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus GABRIELIS YULEIDI CAMACARO FERNANDEZ, quien en vida era venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-14.017.287, a favor de los niños “…cuya identidad se omite por disposición del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente…”. Se acuerda expedir por secretaría copia debidamente certificada de la presente resolución y remítanse mediante oficio a la Oficina de Atención al Público, una vez que las partes consignen los fotostatos correspondientes. Líbrese oficio. Cúmplase.-
EL JUEZ,
Abg. JOSE ALBERTO NUNES MARQUINA
LA SECRETARIA
Abg. MARIA EUGENIA VELASQUEZ
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