REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio Juez Unipersonal Nro. 9
Caracas, 12 de mayo de 2009
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-007270

Visto el escrito de fecha 04/05/09, presentado por el ciudadano LUIS ACOSTA, Defensor de Niños, Niñas y Adolescentes Nro. 3 del Municipio Libertador del Distrito Capital, actuando en nombre y representación de los derechos e intereses del adolescente (...), de (...) años de edad; en el cual remite Convenio de Obligación de Manutención, celebrado en esa Dependencia en data 30/04/09, entre los ciudadanos ABSALON SILVA y MARIELA SOUSA DE SILVA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.589.071 y V-6.197.210, respectivamente, a favor del prenombrado adolescente, y quienes acordaron todo lo relativo al cumplimiento de la referida obligación, esta Juez Unipersonal Nro. 9, la ADMITE cuanto ha lugar a derecho, por no ser contrario a disposición expresa de la Ley, ni al orden público ni a las buenas costumbres.