REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Juez Unipersonal N° XIV
Caracas, 22 de Mayo de 2009
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2008-007801
Revisadas las actuaciones que conforman el presente asunto y en especial la diligencia de fecha 19 de mayo del año en curso, suscrita por la ciudadana KELLY JOSEFINA HERNANDEZ MAYORA, y visto que en la sentencia de fecha 15 de mayo de 2009, se incurrió en un error involuntario al transcribir los nombres de las partes; en consecuencia, esta Juez Unipersonal Nº XIV Sala de Juicio del Circuito del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, procede a hacer la aclaratoria, conforme a lo establecido en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil; en virtud de ello debe decir: a solicitud de los ciudadanos RURIK ALBERTO RONDON RODRIGUEZ y KELLY JOSEFINA HERNANDEZ MAYORA, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.712.846 y V-15.870.665, respectivamente…” . Téngase la presente como accesoria de la sentencia de fecha 15 de mayo de 2009. Cúmplase.
LA JUEZA
EL SECRETARIO
ABG. YAQUELINE LANDAETA VILERA
ABG. CARLOS ANDRES FONSECA
AP51-S-2009-007801
YLV/CAF/Marjorie