REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.

JUZGADO SUPERIOR SEXTO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CAPITAL. Caracas, cinco (05) de mayo de dos mil nueve (2009).
199º y 150º

Estando dentro del lapso de cinco (05) días de despacho para dictar el dispositivo del fallo, tal como lo establece el artículo 107 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, este Juzgado administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR, la querella interpuesta por la ciudadana MILLÁN GENNY FERRY, portadora de la cédula de identidad Nro. 10.631.067, asistida por el abogado WILMER R. PARTIDAS R., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 39.279, contra el acto administrativo contenido en la notificación de fecha 31 de julio de 2008, suscrita por el ciudadano CNEL Douglas Vásquez Orellana, en su carácter de Presidente (E) de la Junta Liquidadora del Fondo Nacional de Desarrollo Urbano.-
EL JUEZ


JOSÉ GREGORIO SILVA BOCANEY
EL SECRETARIO.


CARLOS B. FERMÍN P.


EXP. 08-2339/kg.-