REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, veintisiete de mayo de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO : AH12-V-2008-000112
Vista la diligencia suscrita por el abogado DANIEL SOTO VILERA, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, donde solicita se libre la compulsa a los fines de la citación de la ciudadana Milagros Coromoto Falcón, este Tribunal a los fines de proveer observa que aun no se han cumplido todas las formalidades establecidas en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil, ya que se evidencia de autos que solo se fijó el cartel de citación en el domicilio de uno de los Co-demandados, ciudadano Orlando Enrique Rodríguez, siendo que aun falta fijar el cartel en el domicilio de la otra Co-demandada ciudadana Maria Marcela Gómez de la Vega Peredo, es por lo que este Tribunal de conformidad con el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, deja sin efecto todo lo actuado a partir del auto dictado en fecha 2 de abril de 2009 y REPONE LA CAUSA al estado de fijar el cartel de citación en el domicilio de la ciudadana Maria Marcela Gómez de la Vega Peredo.-
El Juez

Abg. Luis R. Herrera González
La Secretaria

Abg. María Hernández R.

Hora de Emisión: 9:30 AM
Asistente que realizo la actuación: osmary