REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, cinco de mayo de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO : AH12-X-2008-000023
Vista la diligencia suscrita por el abogado Vicente Delgado en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, donde desiste del Procedimiento y solicita la suspensión de la medida de prohibición de enajenar y gravar, este Tribunal lo acuerda de conformidad a lo solicitado en consecuencia, se suspende la medida de prohibición de enajenar y gravar la cual fue decretada en fecha 09 de junio de 2008 sobre los inmuebles que a continuación se especifican: dos (2) inmuebles constituidos por las Oficinas marcadas con las letras A y B, situadas en el piso 3 del Edificio Torre Banvenez, ubicadas con frente hacia las avenidas Las Acacias y Francisco Solano López, y a la Calle Pascual Navarro, antes Calle Acueducto de la Parroquia el Recreo, Municipio Libertador del Distrito Capital. Las Oficinas tienen las siguientes características: OFICINA A RAYA TRES (A-3); Cédula Catastral 01-01-09-U01-021-013-001-000-003-00A, tiene una superficie aproximada de NOVENTA METROS CUADRADOS CON CINCUENTA DECIMETROS CUADRADOS (90,50 M2), ubicada en la parte Norte del piso 3. y sus linderos son los siguientes: NORTE: Fachada Norte del edificio; SUR: Oficina B-3; ESTE: Fachada Este del edificio y OESTE: Hall de circulación: OFICINA B RAYA TRES (B-3); Cédula Catastral 01-01-09-U01-021-013-001-000-003-00B, tiene una superficie aproximada de NOVENTA METROS CUADRADOS CON CINCUENTA DECIMETROS CUADRADOS (90,50 M2), ubicada en la parte Sur del piso 3, y sus linderos son los siguientes: NORTE: Oficina A-3; SUR; Techo cuerpo A: ESTE: Fachada Este del edificio y OESTE; Área de circulación. A las oficinas antes descritas les corresponde un porcentaje de condominio en la copropiedad de cero enteros setenta y nueve mil setecientas cincuenta y ocho cien milésimas por ciento (0,79758%) para cada una. La propiedad de los inmuebles antes descritos se encuentra protocolizada por ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Municipio Libertador del Distrito Capital, el 06 de septiembre de 2.007, anotado bajo el Nro 22, tomo 23, del Protocolo Primero, Segundo Trimestre del año 1998. Librese oficio a la Oficina Subalterna del Segundo Circuito del Municipio Libertador del Distrito Capital.-
EL JUEZ

Abg. Luis R. Herrera González
La Secretaria






Hora de Emisión: 1:34 PM
Asistente que realizo la actuación: osmary