REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, ocho (08) de mayo de dos mil nueve (2009)
199º y 150º
ASUNTO: AH13-F-2002-000024
Vista la diligencia de fecha 16 de abril de 2009, suscrita por el abogado Rafael Latorre, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32028, quien actúa en su condición de apoderado judicial de la parte actora y el pedimento en la misma contenido, este Tribunal a los fines de proveer observa:
Que en fecha 09 de enero de 2007, la abogada Iris Da Silva Pestana, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 58.542, actuando en su condición de apoderada judicial de la parte demandada, cedió y traspasó a los ciudadanos Jean Michel Da Silva Amati y Johnny David Da Silva Amati, con cédulas de identidad Nos. 17.125.359 y V-17.125.360, respectivamente, la totalidad de los derechos que corresponden a su mandante sobre todos los bienes objeto del presente juicio.
El 08 de mayo de 2007, este Tribunal dictó auto mediante el cual se ordenó hacer entrega de las cantidades de dinero correspondientes a gastos de servicios públicos y cuotas de condominio, ordenando igualmente hacer entrega a la parte actora, ciudadana IPPÓLITA AMATI, de la suma correspondiente a la cuota derivada de la subasta efectuada en fecha 07 de febrero de 2007, a la cual se sumó la cantidad respectiva con motivo de las costas generadas por el presente proceso; quedando un saldo remanente de Bs. 25.292.352,86, lo que hoy equivale a Bs.F. 25.292,35.
En fecha 31 de octubre de 2007, este órgano jurisdiccional acordó la detención de los bienes muebles identificados como: 1) vehículo marca: Jeep; Modelo Wagoneer, Año: 1987; Clase: camioneta; Tipo: Sport-Wagon; Uso: particular; Placas: XCS-699, Serial Motor: 6 CIL; Serial Carrocería: 8YACA15UXHVO46374; 2) motocicleta Marca: Honda; Modelo: 1000 CC, Año: 1975; Tipo: paseo; Uso: Particular; Color: Azul; Serial Motor: GLIR1011823; Placas: 3692B, librando a tal efecto los oficios correspondientes al Comandante General de la Guardia Nacional y al Director General Sectorial de Transporte y Tránsito Terrestre del extinto Ministerio de Infraestructura.
Posterior a ello, en diligencia suscrita por la ciudadana IPPÓLITA AMATI, de fecha 14 de noviembre de 2008, cedió y traspasó en plena propiedad a los ciudadanos Jean Michel Da Silva Amati y Johnny David Da Silva Amati, todos los derechos, intereses y acciones equivalentes al cincuenta por ciento (50%) que tiene sobre los vehículos automotores antes nombrados, cesión ésta debidamente aceptada por los cesionarios antes mencionados.
En la misma fecha los ciudadanos Jean Michel Da Silva Amati y Johnny David Da Silva Amati, debidamente asistidos por el abogado Francisco Barrios, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 24.315, solicitaron se deje sin efecto cualquier solicitud relacionada a los vehículos antes identificados, oficiando lo conducente a los organismos correspondientes y de igual manera solicitaron se entregara, mediante dos cheques emitidos por sumas proporcionales, el monto correspondiente al 50% del precio pagado por el adjudicatario con motivo de la subasta efectuada en la presente causa.
Ahora bien, verificados los diversos hechos que se produjeron en el transcurso del presente juicio, y vistas las cesiones que efectuaron los ciudadanos IPPÓLITA AMATI y JOSÉ LUIS DA SILVA PESTANA, este Tribunal acuerda hacer entrega a los ciudadanos Jean Michel Da Silva Amati y Johnny David Da Silva Amati, de la suma de dinero que asciende a Bs.F. 25.292,35, la cual deberá ser entregada mediante dos (02) cheques librados cada uno por la suma de Bs.F. 12.646,17, a nombre de los cesionarios, advirtiéndoles a los beneficiarios que deberán estampar las diligencias en señal de haber recibido los mismos.
De igual manera se suspende la medida de detención ordenada por este Tribunal en fecha 31 de octubre de 2007, participada mediante oficios Nos. 12.517 y 12.518, y se ordena oficiar al Comandante General de la Guardia Nacional Bolivariana y al Director General Sectorial de Transporte y Tránsito Terrestre del Ministerio para el Poder Popular de Obras Públicas y Vivienda. Líbrense los oficios correspondientes.
El Juez,
La Secretaria,
Dr. JUAN CARLOS VARELA RAMOS.
Abg. DIOCELIS PEREZ BARRETO.
ASUNTO: AH13-F-2002-000024
N° Antiguo: 25.081
Hora de Emisión: 8:57 AM
JCVR/Kmejo.-