JUZGADO OCTAVO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas; 26 de mayo de 2009.
199° y 150°
Vista la anterior solicitud y las justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, este Tribunal sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones titulo suficiente que acredita al ciudadano KELVIN ALEXANDER CALDERON SEQUERA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad N°. V-14.096.682, como ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de la de-cujus ciudadana FLOR MARIA SEQUERA IBARRA, quien era venezolana, mayor de edad y se identificaba con la cédula de Identidad Nº V- 4.087.852, fallecida en fecha 18 de septiembre de 2008, en la Ciudad de Caracas. Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines que juzgue conveniente, previa anotación en el Libro Diario que se lleva en este Tribunal.
EL JUEZ TITULAR,
ABG. LUIS ALBERTO PETIT GUERRA
LA SECRETARIA,
ABG. MARYEMMA FIGUEROA LÓPEZ
En la misma fecha del auto que antecede se devolvió original con sus resultas a la parte interesada.
LA SECRETARIA,
Exp. Nº AP31-S-2009-000694
Magda02
|