REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, seis de mayo de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO : AP31-F-2009-000465

Vista la anterior solicitud de Rectificación de Acta de Defunción presentada por la ciudadana VICTORIA ELENA HERNANDEZ, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. 6.857.975, en su carácter de viuda del ciudadano que en vida respondiera al nombre de JOSE ANGEL MONTILLA, asistida por la abogada ISMENIA CARRERA, en ejercicio de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 89.333. Asimismo y por cuanto la pretensión del solicitante no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de Ley, este Tribunal la ADMITE cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, por ser el presente procedimiento de mero derecho, en la cual solicita de este Despacho proceda a la rectificación del Acta de Defunción Nº: 1.068, cursante al folio 35 vto de los Libros de Defunción llevados por la Jefatura San Juan del Municipio Libertador del Distrito Capital, correspondiente al año 2.005, alegando para ello que en dicha Acta de Defunción, aparece que se colocó como número de la cédula de identidad del ciudadano que en vida respondiera al nombre de JOSE ANGEL MONTILLA, “5.116.587”, cuando lo correcto es “5.116.537,”, por lo que la corrección debe versar sobre: PRIMERO: donde dice “…C.I N° 5.116.587…”, …”, debe decir “…C.I N° 5.116.537 …”; tal como prueba de la revisión de los recaudos consignados y por tal motivo se evidencia la veracidad de lo denunciado y que los mismos no ameritan un juicio de Rectificación de Acta de Defunción, por lo que este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION Nº: 1.068, cursante al folio 35 vto de los Libros de Defunción llevados por la Jefatura San Juan del Municipio Libertador del Distrito Capital, correspondiente al año 2.005, en los siguientes términos: PRIMERO: donde dice donde dice “…C.I N° 5.116.587…”, debe decir “…C.I N° 5.116.537 …”; ASÍ SE DECIDE. Se ordena expedir copia certificada del presente auto y remítase con oficio a la Oficina Principal de Registro Público del Distrito Capital y a la Jefatura Civil de San Juan del Municipio Libertador, a los fines de su inserción en los Libros respectivos. De conformidad con lo previsto en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil. CÚMPLASE.-
LA JUEZ,

RAHYZA PEÑA VILLAFRANCA


LA SECRETARIA,

Abog. JESSIKA ARCIA PEREZ.