REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Trigésimo Tercero (33°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, quince (15) de mayo de dos mil nueve (2009)
199º y 150º
ASUNTO : AP21-S-2009-000325
Visto el Escrito Transaccional, presentado en fecha 14 de mayo de 2009, por el ciudadano LUIS ALBERTO MACHADO SANZ titular de la Cédula de Identidad N° 10.404.341, parte Oferida, debidamente asistida por el abogado en ejercicio MARCOS TULIO BENCOMO BRICEÑO inscrito en el IPSA bajo el N° 13.530, y por la parte Oferente el abogado en ejercicio FAVIO BOLIVAR ROCCA inscrito en el IPSA bajo el Nº 117.159, plenamente identificado en autos, con ocasión a la demanda por OFERTA REAL DE PAGO incoada por el ciudadano LUIS ALBERTO MACHADO SANZ contra la empresa BRISTOL-MYERS DE VENEZUELA S.C.A., mediante la cual la Parte Oferente hizo entrega a la Parte Oferida de un cheque de gerencia del Banco Provincial N° 11037847 a nombre del Oferente por la cantidad de CIENTO SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO CON 70/100 CENTIMOS (BSF.176,968.70), este Juzgado por cuanto la Transacción celebrada, no se vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA.-
La Juez
Abg. Mónica Quintero
La Secretaria
Abg. Gloria Medina
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