REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN ACARIGUA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Laboral del estado Portuguesa sede Acarigua
Acarigua, cuatro de noviembre de dos mil nueve
199º y 150º
N° DE EXPEDIENTE: PP21-L-2008-000208
PARTE ACTORA: ANAIS NOHEMI SEGOVIA RODRÍGUEZ, titular de la Cedula de IDENTIDAD N° 17363.864
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: ENDER MASCAREÑO, Procurador de Trabajadores, inpreabogado N° 113.277
PARTE DEMANDADA: VICENTE FERRER COSMETICS C.A. inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa bajo el N° 80, tomo 201-A en fecha 15-09-06
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
SETENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
AUTO DECRETANDO LA PERENCION DE LA INSTANCIA
Visto que ha transcurrido mas un (01) año sin que alguna de las partes intervinientes en la presente causa, haya ejecutado ningún acto de procedimiento, este Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Sede Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, dándole carácter de cosa Juzgada, todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 201 y 202 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. REGISTRESE Y PUBLIQUESE LA PRESENTE DECISION. Es Todo.
La Juez, El Secretario Acc.,
Abg° Lisbeys Rojas Molina Abg° Julio César Durán
En esta misma fecha se publico siendo las 1:00 p.m. Conste.
El Scrio,