REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veinte (20) de noviembre de dos mil nueve (2009)
199º y 150º
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-005277
PARTE ACTORA: MONICA ADRIANA PINEDA REAL
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYÓ
PARTE DEMANDADA: BANCO DEL PUEBLO SOBERANO
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: RICARDO TIRADO
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO
En el día hábil de hoy veinte (20) de noviembre de dos mil nueve (2009), siendo las 11:00 A. M., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia que se encuentra presente el abogado RICARDO ARTURO TIRADO, inscrito en el IPSA bajo el No. 11.229, quien consigna copia de instrumento poder que acredita su representación como apoderado judicial de la parte demandada BANCO DEL PUEBLO SOBERANO, debidamente cotejado con su original constante de 3 folios, se deja expresa constancia de que la parte actora, ciudadana MONICA ADRIANA PINEDA REAL, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por medio de si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 150 ° y 199 °. En esta misma fecha se publicó y diarios la presente decisión.
EL JUEZ
EL SECRETARIO
ABG. JOSÉ FRANCISCO GONZÁLEZ LAMUÑO
ABOG, JULIO HERNANDEZ
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
|