REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional. Juez Unipersonal Nº 09.
Caracas, Diez (10) de Noviembre de 2009.
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-018081

Por recibida de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), la anterior solicitud de Homologación de Obligación de Manutención, interpuesta por la abogada, ciudadana LEFFY RUIZ MEDINA, en su carácter de Fiscal Centésima Segunda del Ministerio Publico del Área Metropolitana de Caracas, actuando en resguardo de los derechos del niño (...), hijo de los ciudadanos DANIEL JOCSAN FERNANDEZ MARCANO y YARITZA AYARI GRANADO ALARCON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-13.159.546 y V-15.586.409, respectivamente, y revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto, se admite dicha solicitud, por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres, ni a ninguna disposición expresa de la Ley,