REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional. Juez Unipersonal Nº 09
Caracas, dos (02) de Noviembre de 2009.
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-017904
Visto el escrito presentado por el Abg. ZAIDA J. BERROTERÁN, en su carácter de Defensora Publica Nº 014 del Área Metropolitana de Caracas, a petición de los ciudadanos JOSE FERNANDO HEVIA y REINA ELENA DIAZ PUDIER, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nº V-11.490.276 y V-12.961.850, respectivamente, actuando en nombre y representación de los derechos e intereses de su hijo, (...), en el cual remiten convenimiento de la Obligación de Manutención por ellos suscrito en fecha 06/07/09, a favor del prenombrado niño, y quienes acordaron todo lo relativo a la referida Institución Familiar, en tal virtud, se ADMITE dicha solicitud cuanto ha lugar a derecho, por no ser contraria a la Ley, al orden público ni a las buenas costumbres,