REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Juez Unipersonal N° 9.
Caracas, veintiséis (26) de Noviembre de dos mil nueve.
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-019570

Por recibida de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), la anterior solicitud de Homologación de Convenimiento de Obligación de Manutención y recaudos acompañados, presentado por la ciudadana ZAIDA JOSEFINA BERROTERÁN MONTILLA, en su carácter de Defensora, de Niños, Niñas y Adolescentes, debidamente acreditada bajo el N° 014, adscrita a la Defensoria de Niños, Niñas y Adolescentes “Beto Morales” de la Fundación Luz y Vida, en el Municipio Sucre, Estado Miranda, actuando en interés y resguardo de los derechos e intereses de los adolescentes (...) y (...), hijos de los ciudadanos YONAK SANABRIA CASTRO y NEYDA DEL VALLE WILLIAMS MOTA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad N° V-13.717.780 y V-15.612.956, respectivamente; y revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto, se ADMITE dicha solicitud, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres, ni a ninguna disposición expresa de la Ley, en consecuencia,