REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTES DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCION INTERNACIONAL.
JUEZ UNIPERSONAL Nº 9.
Caracas, veintisiete (27) de Noviembre de 2009.
199º y 150º

Visto el escrito de rectificación de acta de nacimiento presentado por la ciudadana GINGER JOHANA PEÑARRIETA REYES, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-22.040.814, actuando en beneficio de su hijo (...), quien se encuentra asistido por la Defensora Pública Octava (8°) del Área Metropolitana de Caracas, en el cual alegó que en el acta de nacimiento expedida por la Unidad Hospitalaria de Registro Civil de Nacimientos de la Maternidad Municipal Concepción Palacios del Municipio Libertador del Distrito Capital, e identificada bajo el Nº 859, correspondiente al año 2006, se incurrió en error de transcribir el número de cedula de identidad del progenitor del niño antes mencionado, ciudadano EDWIN JESUS MARQUEZ, como: “V-17156480”, siendo lo correcto “V-17.158.480”, y revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto,