REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de
Adopción Internacional. Juez Unipersonal Nº 9
Caracas, cinco (05) de Noviembre de 2009.
Años: 199º y 150º
Visto el escrito de Separación de Cuerpos presentado por los ciudadanos JULIO ANTONIO ARANGUREN SAEZ y MARIA EUGENIA YANES CORDOVA, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédulas de identidad N° V- 7.948.798 y 6.292.726, debidamente asistidos de abogado, y recaudos acompañados, este Tribunal por cuanto dicha solicitud no es contraria a disposición de Ley, al orden público ni a las buenas costumbres, la ADMITE cuanto ha lugar en derecho; en consecuencia,