REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 12
Caracas, 30 de Noviembre de 2009
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-019259
Vista la anterior solicitud de JUSTIFICATIVO DE CARGA FAMILIAR, presentada por la ciudadana YLALLALUZ HURTADO SALCEDO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad No. V-6.963.620, actuando a favor de su hijo, el adolescente, de dieciséis (16) años de edad, debidamente asistida por la Abogada MAYRA ALEJANDRA PASCUAL GUZMAN, Defensora Pública Primera (01°) para el sistema de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, por la cual solicitó que su hija sea declarada como carga familiar de su cónyuge ciudadano LEOPOLDO RAFAEL YANEZ UGAS, titular de la cédula de identidad No. V.-6.858.827. En consecuencia, este Tribunal cumplidas como fueron las formalidades de Ley, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara a la adolescente WUANDY ALEXANDER AYALA HURTADO, de dieciséis (16) años de edad, carga familiar del ciudadano LEOPOLDO RAFAEL YANEZ UGAS, titular de la cédula de identidad No. V.-6.858.827. Expídanse por secretaría las copias certificadas que sean necesarias a los interesados con inserción de la presente sentencia. Líbrese lo conducente. Cúmplase.
La Juez,

Abg. Sara E. Guardia Soto.
La Secretaria

Abg. Adriana Mireles

SG/AM