REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO TERCERO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal XIII
Caracas, 09 de Noviembre de 2009
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-016927
Vista las anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada por ante este Tribunal por la ciudadana SUHAIL KINMERY CORREDOR RANUAREZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de Identidad Nº V.-16.029.144, debidamente asistido por el abogado ABDON ALMEIDA CENTENO, actuando en su carácter de Defensor Público Suplente Décimo, quien actuando en representación de su hijo se omite la identificacion, hijo del ciudadano ADAMS URIAN FUENTES, quien en vida era titular de la Cédula de Identidad Nº V.-16.903.952, fallecida en fecha (10) de Abril de 2007. En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano ADAMS URIAN FUENTES, antes identificado, a su hijo se omite la identificacion, beneficiarios del de cujus ciudadano ADAMS URIAN FUENTES. Cumplidas las presente actuaciones se ordena librar oficio a la Oficina de Atención al Público (O.A.P) para devolver original con sus resultas a la parte solicitante y copias certificadas, una vez que la parte interesada haya consignado los fotostatos respectivos. Cúmplase
LA JUEZ
Abg. JAIZQUIBELL QUINTERO ARANGUREN
LA SECRETARIA
Abg. SALLY GUERRERO
ASUNTO: AP51-S-2009-016927
JQA/DF