REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO QUINTO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio. Jueza Unipersonal Nº XV
Caracas, cinco (05) de Noviembre de dos mil nueve (2009)
Años: 199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-018680
Vista la solicitud presentada por la ciudadana LEFFY RUIZ MEDINA, actuando en su carácter de Fiscal Centésima Segunda del Ministerio Público, a petición de la ciudadana MARIANELA CAROLINA MORENO AGUILAR, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-13.158.429, actuando en su carácter de madre y representante legal de la niña (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA), así como la aceptación y juramentación hecha por la Curadora Ad-Hoc designada, ciudadana MAOLY JULIETA MORENO AGUILAR, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V.-14.953.080, en beneficio de la niña de autos. Esta Jueza Unipersonal N° XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas, y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, le discierne el cargo con todas las consecuencias legales inherentes al mismo y por cuanto se han cumplido los extremos exigidos en la Ley. En consecuencia, expídase copia certificada de la solicitud con inserción del presente auto y entréguese a la solicitante. De igual modo, se ordena el cierre y archivo del presente asunto. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ,
ABG. YUMILDRE CASTILLO HERDÉ
LA SECRETARIA,
ABG. CIOLIS MOJICA
YCH/CM/Johan
Motivo: Cúratela.
AP51-S-2009-018680