REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 25 de Noviembre de 2009
199º y 150º

ASUNTO: AH13-X-2009-000120
Visto el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha 23 de noviembre de 2009, ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial, por el abogado Ricardo De Armas Massaguer, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 51.795, actuando en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil SINDICATO AGRÍCOLA 168, C.A., parte actora en la presente causa, este Tribunal pasa a pronunciarse sobre las pruebas promovidas:
En relación a las documentales promovidas, este Tribunal, tomando en cuenta lo establecido en el Artículo 509 del Código de Procedimiento Civil, las admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la resolución de la presente incidencia. ASÍ SE DECIDE.
EL JUEZ,
LA SECRETARIA,
DR. JUAN CARLOS VARELA RAMOS.
CAROLYN Y. BETHENCOURT.


ASUNTO: AH13-X-2009-000120
ASUNTO PRINCIPAL: AH13-V-2008-000224
ASUNTO ANTIGUO: 2008-32262
J.C.-07