REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 10 de noviembre de 2009
199º y 150º
ASUNTO: AH1B-S-2008-000009
Vista la solicitud de Únicos y Universales Herederos, que encabezan las presentes actuaciones, así como la justificación promovida y evacuada como ha sido las declaraciones de testigos, este Tribunal, sin perjuicio de terceros de igual o mejor de derecho, declara las presentes actuaciones: ÚNICOS Y HEREDEROS UNIVERSALES del difunto LUIS FERNANDO AGUILAR QUIROS quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V.- 2.147.546, a favor de los ciudadanos LEILA MARÍELA ABREO DE AGUILAR, MARTA LUCÍA AGUILAR ABREO, ALICIA MARÍA AGUILAR ABREO, SERGIO ENRIQUE AGUILAR ABREO y JAIRO ALFONSO AGUILAR ABREU, de estado civil: viuda la primera, de estado civil divorciada la segunda, y los restantes solteros, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V.- 3.050.856, V.- 4.454.031, V.-4.454.032, V.- 5.609.907 y V.- 6.373.870, respectivamente; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase al interesado previa su certificación en autos dejando en su lugar copia certificada y anotación en el libro de salidas respectivos llevados por ante este Juzgado. Cúmplase.-
EL JUEZ,
LA SECRETARIA,
DR. ANGEL VARGAS RODRÍGUEZ.
ABG. NAYLA SOLVEY ROJAS.
Asunto: AH1B-S-2008-000009
AVR/NSR/natasha.