REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS
En el día de hoy, seis (06) de noviembre de dos mil nueve (2009), siendo las doce del medio día (12:00 m) se constituye el Juzgado Tercero de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por la Juez Caribay Gauna y la secretaria Dubraska Ibarreto, Caracas, y se traslada en compañía de la parte ejecutante Pablo Argenis Martínez, titular de la cédula de identidad N° V.- 8.932.230 y su apoderado judicial, abogado Luis Alberto Baroni, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 123.627 y los ciudadanos Argenis Rivas y Alí José Peláez, titulares de las cédulas de identidad N° V.- 4.081.609 y V.- 4.774.760, respectivamente, apoderado de la Depositaria Judicial La Consolidada, C.A, el primero y perito avaluador, el segundo, a la avenida José Antonio Páez, Edificio Residencias Clavel, piso 10, apartamento N° 104, Urbanización El Paraíso, Municipio Libertador del Distrito Capital. En acatamiento a lo ordenado por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante oficio N° 1112, de fecha 02 de noviembre de dos mil nueve (2009), a fin de dar cumplimiento a lo ordenado en el dispositivo de la decisión dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 12 de agosto de dos mil nueve (2009), que declara: “…SEGUNDO: PROCEDENTE la presente acción de amparo constitucional intentada por los ciudadanos ESPERANZA DE JESUS JIMENEZ de MARTINEZ y PABLO ARGENIS MARTINEZ GONZALEZ en contra el acto de entrega material practicado por el JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Y, en consecuencia, la entrega material forzosa ejecutada por el mencionado Tribunal, el 22.04.2009, acordándose que los ciudadanos ESPERANZA DE JESUS JIMENEZ de MARTINEZ y PABLO ARGENIS MARTINEZ GONZÁLEZ, sean restituidos en el inmueble destinado para vivienda designado con el N° 104 del piso 10 del Edificio Residencias Clavel, ubicado en esta ciudad de Caracas, en la Avenida José Antonio Páez, Parroquia Santa Teresa (sic), Urbanización El Paraíso del Municipio Libertador del Distrito Capital”... Una vez en el lugar indicado, la Juez procede a dar los toques de Ley a las puertas del inmueble, y no siendo atendido su llamado por persona alguna acuerda designar a un cerrajero, cargo éste que recae sobre el ciudadano Vincenzo Routolo, titular de la cédula de identidad Nº V.- 6.170.595, quien aceptó el cargo y prestó el juramento de Ley, procediendo de seguidas a entrar en ejercicio de sus funciones. Aperturadas las puertas del inmueble, se observa que se encuentra libre de bienes y de personas, en consecuencia, la Juez, en acatamiento a lo ordenado por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas procede a restituir a los ciudadanos ESPERANZA DE JESUS JIMENEZ de MARTINEZ y PABLO ARGENIS MARTINEZ GONZALEZ, en el inmueble designado con el N° 104 del piso 10 del Edificio Residencias Clavel, ubicado en la avenida José Antonio Páez, Urbanización El Paraíso del Municipio Libertador del Distrito Capital, quien declara recibirlo conforme. Es todo. La Juez Ejecutora dispone el retiro del Tribunal a su sede, cumplida como fue su misión. Terminó, se leyó y conformes firman siendo 1:20 pm. -
La Juez,
Caribay Gauna
La parte ejecutante y su
apoderado judicial de la parte ejecutante
Pablo Argenis Martínez
Abg. Luis Alberto Baroni
El Cerrajero
Vincenzo Routolo
El apoderado de la Depositaria Judicial
La Consolidada, C.A
Argenis Rivas
El Perito Avaluador
Ali José Peláez
La Secretaria
Dubraska Ibarreto
Exp. Nº 2922-09 (Interno)
Exp. Nº AP11-O-2009-000037 (Causa)