REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO SEXTO EJECUTOR DE MEDIDAS
En el día de hoy veintitrés (23) de noviembre del año dos mil nueve (2009), siendo las diez horas de la mañana (10:00 a.m.), se trasladó y constituyó este JUZGADO SEXTO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, conformado por la ciudadana JUEZ ABOGADA ZULAY BRAVO DURAN y la ABOGADA GENAIRE GONZÁLEZ FIGUEROA, SECRETARIA TITULAR; en compañía y a solicitud del apoderado judicial de la parte actora ejecutante ABOGADO ROBERTO SALAZAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 66.600; en la siguiente dirección señalada por el apoderado judicial de la parte actora: Banco Banesco Agencia Los Caobos, ubicada en la planta baja del edificio Administradora Unión, situado en la Avenida Este 2, Municipio Libertador del Distrito Capital; a objeto de practicar la medida de EMBARGO PREVENTIVO decretada y ordenada por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, con motivo del juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO sigue STEVEN SZNAJDERMAN contra PUBLICIDAD VEPACO C.A.; expediente N° AH12-X-2008-000126; recibida por este Juzgado mediante proceso de distribución de fecha 23 de julio de 2009.- Seguidamente en el lugar supra identificado, el Tribunal notificó de su misión a la ciudadana BRISEIDA BRICEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.975.549, en su carácter de Sub-Gerente del banco Banesco Agencia Los Caobos.- En este estado el apoderado de la parte actora ejecutante, antes identificado, expone: “Señalo para ser Embargada Preventivamente hasta cubrir la cantidad decretada por el comitente de VEINTISEIS MIL BOLÍVARES (Bs. 26.000,00) disponible en la cuenta Corriente N° 0134-0031-8-6-0313232069 de la cual es titular la sociedad mercantil PUBLICIDAD VEPACO C.A., en la presente Institución Bancaria.- Es todo”.- Acto seguido la sub-gerente notificada, antes identificada, expone: “Informo al Tribunal que de la revisión realizada al sistema computarizado llevado por esta Institución, se desprende que la Cuenta N° 0134-0031-8-6-0313232069, es del tipo Cuenta Corriente, pertenece a la parte demandada PUBICIDAD VEPACO C.A. y tiene disponible al día de hoy la cantidad de señalada para su embargo.- Es todo”.- Seguidamente en cumplimiento de la comisión, este Juzgado Sexto de Municipio Ejecutor de Medidas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE la cantidad de VEINTISEIS MIL BOLÍVARES (Bs. 26.000,00) disponible en la cuenta Corriente N° 0134-0031-8-6-0313232069, de la cual es titular la parte demandada sociedad mercantil PUBLICIDAD VEPACO C.A., en esta Institución Bancaria Banco Banesco, y se pone en posesión de la misma, designada depositaria de la cantidad embargada de conformidad con los privilegios establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial en la persona de la Sub-Gerente notificada ciudadana BRISEIDA BRICEÑO, antes identificada, quien aceptó conforme en nombre de la Institución Bancaria y procedió al bloqueo inmediato de la suma de dinero embargada.- El Tribunal ordena hacer entrega en este acto a la notificada de copia simple de la comisión y de la presente acta, copias que recibe conforme.- Se ordena expedir por Secretaría copia certificada de la comisión, su carátula y de la presente acta para ser agregadas al Copiador de Actas llevado en este Tribunal.- Se deja expresa constancia, que la práctica de la presente medida no causó ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno, para este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el acuerdo de fecha 29 de febrero de 2000, emanada de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, aún vigente.- Cumplida como ha sido la misión del Tribunal acuerda dar por terminado el acto y ordena el regreso a su sede siendo las 10:30 a.m.- Terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ
ABG. ZULAY BRAVO DURÁN
LA NOTIFICADA
EL APODERADO JUDICIAL DE
LA PARTE ACTORA ECUTANTE
LA SECRETARIA