REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO VIGÉSIMO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, a los 5 días del mes de Noviembre del año dos mil nueve (2.009).
Años 199º de la Independencia y 150º de la Federación.

Promovidos y evacuados como han sido las declaraciones de testigos, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho declara a favor de los ciudadanos RICAURTE SOLARTE y AMPARO TERRANOVA GARZON, colombiano el primero y venezolana la segunda, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 23.168.647 y E-80.343.499, ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS DEL DE CUJUS RIAM JOSUE SOLARTE TERRANOVA, quien en vida era titular de la cédula de identidad Nº V-16.210.137. Expídanse por Secretaría copias certificadas de la presente solicitud y devuélvanse las presentes actuaciones en original junto con las copias certificadas a los solicitantes a los fines de ley. CÚMPLASE.