REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGESIMO TERCERO DE MUNICIPIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMOTERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 05 de Noviembre de 2009.-
199º y 150º
Vista la diligencia anterior suscrita por la Abogada CARMEN NIETO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 97.103 y el pedimento en la misma contenido, por cuanto se observa que por error material en el auto dictado en fecha 20/10/2009 se indicó como número de Cédula de Identidad de la ciudadana ZULEIMA JOSEFINA GÓMEZ ALFONZO como V- 6.999.085, el Tribunal corrigiendo dicho error deja expresa constancia que el número correcto es V-6.888.085. Téngase el presente auto como parte integrante de la declaratoria de Título Supletorio dictada en fecha 20/10/2009. Déjese copia del mismo en el copiador de Sentencias de este Juzgado. Cúmplase.
LA JUEZ,
Abg. IRENE GRISANTI CANO. LA SECRETARIA,
Abg. VERIUSKA ALMEIDA.
IGC/VA/MVAR.-
EXP.: AP31-S-2009-005676.-