REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal 35° de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintisiete de noviembre de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: AP21-L-2009-004493

Vista la diligencia suscrita por el abogado Daniel Ginoble, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 97.075, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, y mediante la cual expone haber recibido el pago de 3.400 bolívares, no quedando nada que adeudar por concepto de prestaciones sociales o cualquier otro concepto y solicita el cierre y archivo del expediente. Este Tribunal visto lo manifestado por la parte actora, acuerda de conformidad con lo solicitado y en consecuencia visto el pago realizado se ordena el cierre y archivo del presente expediente y su correspondiente cierre informático.-
El Juez

El Secretario

Abg. Gloria García Guzmán


Abg. Lisbeth Montes