ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-002230
PARTE ACTORA: YNDER GABRIEL VOLCAN MORALES
PARTE DEMANDADA: ASOCIACION CIVIL LINEA DE TAXI LAS MINAS
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: ASOCIACION CIVIL LINEA DE TAXI LAS MINAS
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO

En el día hábil de hoy, quince (15) de octubre de dos mil nueve (2009), siendo las 9:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparece a este acto la abogada CARMEN MIERE, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.-97.741, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada. Se deja constancia de la incomparecencia del ciudadano CARLOS LUIS VOLCAN, en su carácter de tercero llamado en el presente juicio. Asimismo se deja expresa constancia de la incomparecencia a este acto del ciudadano YNDER GABRIEL VOLCAN, parte actora en el presente procedimiento, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial alguno; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 150 ° y 199 °.

La Juez

El Secretario

Nereida Hernández González

Oscar Rojas

Nota: En la misma fecha se dictó, publicó y diarizó la presente decisión.

El Secretario


Oscar Rojas