ACTA


N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-000813
PARTE ACTORA: ANELYZ GABRIELA RODRIGUEZ GUEDEZ
PARTE DEMANDADA: REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
REPRESENTANTE DE LA REPÚBLICA: YARIANA MARQUEZ LEAL
MOTIVO: Calificación de Despido

Hoy, 23 de octubre de 2009, siendo las 2:00 p.m, día y hora fijado para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparece ante este Juzgado 14° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, la abogada en ejercicio YARIANA MARQUEZ LEAL, IPSA Nro. 123.541, en su carácter de apoderada; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado 14° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 150 ° y 199 °.



La Jueza

La Secretaria
Abog. Olga Romero
Abog. Lorena Guilarte

Apoderada de la demandada