REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, siete (07) de octubre de dos mil nueve (2009)
199º y 150°

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-004099
PARTE ACTORA: MANUEL ISAAC VARELA
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: ANGEL ROJAS y JOSÉ GREGORIO FAJARDO
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES 4810, SRL y MAGNIFIQUE CLUB, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: NO ACREDITÓ
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

Vista diligencia de fecha 06 de octubre de 2009, presentada por el ciudadano ANGEL ROJAS, abogado, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N°88.662, en su carácter de apoderado judicial de la parte Accionante ciudadano MANUEL ISAAC VARELA, cédula de identidad NºV4.701.311, mediante la cual Desiste del Procedimiento que por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales que incoare en contra de las sociedades mercantiles INVERSIONES 4810, SRL y MAGNIFIQUE CLUB, C.A.; este Tribunal Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de sustanciación, verifica el instrumento poder que cursa en autos y observa que el profesional del derecho posee la facultad expresa para desistir del procedimiento, razón por la cual este Tribunal procede a HOMOLOGAR el Desistimiento del Procedimiento manifestado. Asimismo, y como quiera que la ciudadana Secretaria procedió a dejar la constancia a la que alude el artículo 126 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en fecha 25 de septiembre de 2009, se ordena librar oficio a la Coordinación de Secretaría y Judicial de este Circuito Judicial del Trabajo a los fines que se abstengan de incluir en el sorteo para Audiencia Preliminar al presente asunto. Así se decide.-

La Juez

Abg. Mariela de Jesús Morales Soto
La Secretaria

Abg. Carla Orejarena