REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional. Juez Unipersonal Nº 9
Caracas, veintisiete (27) de Octubre de 2009.
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-017140

Visto el escrito presentado por la Abg. IRDE CAPOTE, en su carácter de Fiscal Nonagésima Segunda (92°) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, a petición de los ciudadanos WUINSTON JOSE CHIRINOS NUÑEZ y DEISY COROMOTO RAMIREZ RUIZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nº V-12.068.301 y V-10.809.724, respectivamente, actuando en nombre y representación de los derechos e intereses de sus hijos, (...), (...) y (...), en el cual remiten convenimiento de la Obligación de Manutención de fecha 07/10/09, a favor de sus prenombrados hijos, acordaron todo lo relativo a la referida Institución Familiar, y revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto, se admite dicha solicitud, por cuanto la misma no es contraría al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la Ley,