REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional. Juez Unipersonal Nº 09.
Caracas, veintiocho (28) de Octubre de 2009.
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-017458
Por recibida de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), la anterior solicitud de Homologación de Obligación de Manutención, interpuesta por la abogada, ciudadana FLORELVIA DELGADO, en su carácter de Defensora Pública Municipal para el sistema de Protección del Niño, Niña y Adolescente del Municipio Baruta del Estado Miranda, actuando en resguardo de los derechos de la niña (...), hija de los ciudadanos VIDAL JOSÉ LUIS RUIZ y MERYLAN NATALY DURAN MORALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-14.558.495 y V-16.922.456, respectivamente, y revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto, se admite dicha solicitud, por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres, ni a ninguna disposición expresa de la Ley,