REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Juez Unipersonal N° XIV
Caracas, 30 de Octubre de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL: AP51-V-2006-019525
ASUNTO: AH51-X-2008-001099

Visto el CONVENIO DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, suscrito por los ciudadanos MARIA DEL CARMEN BAUZA BUJOSA y CARLOS EDUARDO SARDIÑAS FERNANDEZ, ambos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-5.516.177 y V-4.131.720, respectivamente; en fecha seis (06) de marzo del presente año, en la Sede de este Despacho Judicial; a favor del adolescente (Se omite su identificación conforme a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente); en consecuencia, esta Sala de Juicio lo HOMOLOGA en los mismos términos y condiciones expuestos por las partes, de conformidad con lo establecido en el Artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y en concordancia con el Artículo 262 del Código de Procedimiento Civil, indicándosele a las partes que la presente homologación tiene fuerza ejecutiva. Expídanse por secretaría las copias certificadas del convenio, una vez sean consignados los fotostatos por la parte interesada. Y así se establece.
LA JUEZA,
EL SECRETARIO
ABG. YAQUELINE LANDAETA VILERA
ABG. LUIS BELTRAN SILVA


AH51-X-2008-001099
YLV/LBS/Marjorie