REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, dos (02) de octubre de dos mil nueve (2009)
199º y 150º


ASUNTO: AH16-S-2008-000175

Vista la diligencia que antecede de fecha 2.7.2009, donde la parte solicitante ciudadana Teresa de Jesús López Martínez consigno edicto solicitado por auto de fecha 25.9.2008, así como las actuaciones que anteceden; este tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y en virtud de lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara Titulo Supletorio a favor de la ciudadana TERESA DE JESÚS LÓPEZ MARTÍNEZ, venezolana, mayor de edad, de estado civil, soltera, titular de la cédula de identidad Nº 22.750.451, sobre un inmueble construido sobre una parcela de terreno que forma parte de uno de mayor extensión propiedad de la SUCESION ALONZO RODRIGUEZ, tal y como consta de documento debidamente protocolizado ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro Inmobiliario del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 5.10.1944, bajo el Nº 1, tomo 2, protocolo primero, el cual se encuentra ubicado en el Sector Colinas de Montalbancito, Parte Alta Nº 18, carretera Vieja Los Teques, Mamera IV, código catastral 02-11-01-12 Parroquia Antímano, Municipio Libertador del Distrito Capital; cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud, la cual procede redactada por el ciudadano Francisco Brito Alcántara, abogado en ejercicio debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 80.057, déjese constancia en el Libro


Diario llevado en este Tribunal.

PUBLIQUESE Y REGISTRESE

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado 6º de 1era Ins. C.M.T.B. En la Ciudad de Caracas, a los 2 de octubre de 2009. 199º y 150º.

El Juez,

Abg. Marisol Alvarado Rondón
La Secretaria

Abg.Yroid J. Fuentes L.

En esta misma fecha, siendo las 11:09 AM, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, dejándose en la Unidad de Archivo la copia certificada a la cual hace referencia el artículo 248 de Código de Procedimiento Civil.
La Secretaria

Abg.Yroid J. Fuentes L.

Asunto: AH16-S-2008-000175