REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO OCTAVO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
SOLICITANTE: WALTHER ALEXANDER BONANO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. 16.558.799.
ABOGADO ASISTENTE: NANCY BONANO PERDOMO, abogada en ejercicio de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 72.674.
MOTIVO DE LA SOLICITUD: RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO.
Narrativa:
Recibida como fue la presente solicitud, este Tribunal a los fines de decidir, pasa a hacer la siguiente consideración: el solicitante plantea, en términos generales que existen diferencias en la forma de escribir el nombre con el que realiza sus actos civiles (WALTHER) y el nombre que aparece en la partida de nacimiento (WALTER). Y a los fines de probarlo, consignó entre otros, los siguientes recaudos:
Uno: Copia Certificada de la partida de nacimiento expedida por la Oficina Subalterna del Registro Civil San Juan de la cual se evidencia el nombre del solicitante escrito en la misma forma que en la tarjeta de nacimiento, es decir WALTER.
Dos: Copia simple de la cédula de identidad del solicitante donde aparece escrito el nombre del solicitante como “WALTHER”.-
Ante tal solicitud, este Juzgado le dio entrada a la misma, ordenándose a los fines de su admisión y curso legal la consignación de la respectiva tarjeta de nacimiento en su forma original, la cual fue consignada en fecha 08 de octubre del año en curso, expedida por la Maternidad Concepción Palacios, de la que se desprende que el nombre del solicitante se escribe WALTER BONANO.
Motiva:
Tenemos, pues, que de lo antes mencionado surgen diversos elementos de los cuales se evidencia que el nombre correcto del solicitante es WALTER y no WALTHER como lo solicita; tal como se evidencia del documento primordial de nacimiento como lo es la tarjeta expedida por la maternidad Concepción Palacios. En tal sentido, este Tribunal considera que la presente rectificación no tiene lugar, toda vez que el nombre esta correctamente escrito en su acta de nacimiento y no amerita la misma.
Dispositiva:
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara IMPROCEDENTE la solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO presentada por el ciudadano WALTER BONANO.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada de la Sala de Despacho del Juzgado Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los 26 de octubre de 2009.-
EL JUEZ.,
LUIS ALBERTO PETIT GUERRA
LA SECRETARIA
MARYEMMA FIGUEROA LOPEZ
En la misma fecha siendo las 2:00 p.m., se publicó, y registró la anterior sentencia. Diario 129.-
LA SECRETARIA
Exp. N° AP31-F-2009-002835
LAPG-pao,6
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