REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, (22) de OCTUBRE de dos mil NUEVE (2.009)
199° y 150°
Vista la solicitud de declaración de Único y Universal Heredero que encabezan las presentes actuaciones, así como la Justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos HAIDEE JOSEFINA ESTAVA DE PAEZ, NICOLAS RAFAEL ESTAVA MORENO, AURITELA DEL VALLE ESTABA MORENO y ELIZABETH DEL CAREMN ESTABA de ZOGHBI, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro.V-3.151.361, v-1.848.655 y v-3.949.895, en su orden, causahabiente de la ciudadana DELIA ESTAVA, quien fue venezolana, mayor de edad, de profesión abogada, titular de la cédula de identidad Nº V-1.894.459, fallecida Ab-instestato, el dieciséis (16) d Agosto de dos mil nueve (2009), en la Clínica Santa Sofía, urbanización Santa Sofía, Municipio Baruta del Estado Miranda, de conformidad con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil.- Devuélvase la solicitud en original con sus resultas, previa anotación en los Libros llevados por este Tribunal.-Entréguese copias certificadas de las presentes actuaciones al solicitante, previa certificación por secretaria de conformidad con lo establecido en el artículo 112 ejusdem. Cúmplase.-
LA JUEZ,
DRA. INDIRA PARIS BRUNI
EL SECRETARIO ACC.,
JHONME NAREA T.
IPB/JNT/john.-
EXP: AP31-S-2009-005296.-
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