REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, Siete (07) de Agosto de Dos mil nueve (2009)
199º y 150º

ASUNTO : AP31-S-2009-005756

Por recibida la presente solicitud de Título Supletorio, presentado por la ciudadana MARTHA JOSEFINA MEJIAS, venezolana, mayor de edad y portadora de la cédula de identidad N° 10.528.765, debidamente asistida por la abogada NIEVES CRISTINA CASTRO HERNÁNEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 39.730, este Tribunal en atención a lo previsto en el artículo 3 de la Resolución 2009-0006 de fecha 18 de Marzo de 2009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nro. 39152 de fecha 02 de Abril de 2009, acuerda darle entrada, numerarse, formar expediente y anotarse en el Libro respectivo. Asimismo, y a los fines de pronunciarse acerca de su admisión o no observa:
De la revisión exhaustiva del escrito de solicitud así como de la comunicación Nro. 1043 de fecha 29 de abril de 2009, emanada de la Dirección de Catastro Municipal, de la Alcaldía de Sucre, Estado Miranda, se evidencia claramente que la descripción del terreno cuya solicitud se formula no coincide con los datos aportados por la Alcaldía del Municipio Sucre, toda vez que en la solicitud se señaló que el terreno esta ubicado en el sector Las Minas, y en la comunicación emanada de la Alcaldía de Sucre, Estado Miranda se señaló que el terreno se encuentra ubicado en el Sector Los Cedros, razones estas suficientes para INADMITIR la solicitud titulo supletorio presentado por la ciudadana MARTHA JOSEFINA MEJIAS, venezolana, mayor de edad y portadora de la cédula de identidad N° 10.528.765, titular de la cédula de identidad N° 17.127.293 y así se decide.
EL JUEZ

NELSON GUTIERREZ CORNEJO
LA SECRETARIA TEMPORAL

ABG. ERICA CENTANNI SALVATORE