REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, trece de octubre de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: AP31-F-2009-003017
SOLICITANTE: GABRIEL ARNALDO SAVINO GARCIA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-17.285.634.-
ABOGADO ASISTENTE DEL SOLICITANTE: LESBIA SAVINO PALACIO, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 13.486.-
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO.-
SENTENCIA: Definitiva.-
Visto el escrito presentado por el ciudadano GABRIEL ARNALDO SAVINO PALACIO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-17.285.634, debidamente asistido por la abogada LESBIA SAVINO PALACIO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 13.486, mediante la cual solicita la Rectificación de su Partida de Nacimiento la cual corre inserta en el Libro 18 de Registro Civil de Nacimientos de la Oficina Subalterna de Registro Civil del, Municipio Sucre, del Estado Miranda, anotada bajo el Nº 2146, correspondiente al año 1983, por cuanto en la misma se incurrió en el error material de colocar el segundo apellido de su progenitor como “PALACIOS”, cuando lo correcto es que debió asentarse “PALACIO”.- Ahora bien, a los fines de probar lo afirmado, el solicitante de la presente Rectificación de Partida de Nacimiento, consignó a los autos copia certificada del acta errada objeto de la presente solicitud; copia certificada del acta de nacimiento de su progenitor, inscrita en el Libro Civil de Nacimientos llevados por la Primera Autoridad Civil de la Oficina Subalterna de Registro Civil de Nacimientos de la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Pastora, anotada bajo el Nº 241, Folio 123 del año 1958, en la cual se evidencian los apellidos que ostenta el ciudadano ARNALDO VALENTIN SAVINO PALACIO; copias fotostáticas de su Cédula de Identidad, así como del Pasaporte y cédula de identidad de su progenitor, que se valoran como lo establecen los artículos 457 y 1357 del Código Civil.-
De esta manera observa el Tribunal que de las documentales aportadas, por quien solicita la rectificación se desprende con meridiana claridad que ciertamente como se afirmó en la solicitud existe un error en el acta de nacimiento cuya rectificación se solicita y visto que el error cometido no amerita la tramitación de un juicio de Rectificación de Partida de carácter contencioso, este Juzgado Vigésimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, actuando sumariamente acuerda la rectificación del acta de nacimiento acompañada en original a las actas que conforman el presente expediente, en consecuencia, se ordena a la Primera Autoridad Civil de la Oficina Subalterna de Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Bolivariano de Miranda, estampar la nota marginal de la Partida de Nacimiento, perteneciente al ciudadano GABRIEL ARNALDO SAVINO GARCIA.- Dicha partida aparece signada con el Nº 2146; Libro 18 de Registro Civil de Nacimiento del año 1983, quedando rectificada de la siguiente manera: En donde dice: “…un(a) niño por Arnaldo Valentin; Savino Palacios…” debe decir: “…un(a) niño por Arnaldo Valentin; Savino Palacio …”.- Y así se declara.- Líbrense los oficios a las autoridades respectivas y anéxese a las mismas copias certificadas de la presente decisión una vez que la parte interesada consigne los fotostatos respectivos para tal fin, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.- Así se decide.-
El Juez,
Abg. Víctor Martín Díaz Salas.-
La Secretaria,
Abg. Nancy Tirado Jaramillo.-
En esta misma fecha 13 de Octubre de 2009, siendo las 10:21 a.m., se dictó y publicó la anterior sentencia, previas las formalidades de Ley.- Conste.-
La Secretaria,
Abg. Nancy Tirado Jaramillo.-
VMDS/ntj*
EXP. Nº AP31-F-2009-003017
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